Abogado Extranjería Cádiz > Autorización de regreso
La autorización de regreso es el documento que se expide a los ciudadanos extranjeros con residencia legal en territorio español que le permite poder salir del país y posterior retorno al territorio nacional, siempre y cuando el ciudadano solicitante, acredite haber iniciado los trámites de renovación o prórroga del título. Esta autorización consiente la salida y posterior regreso dentro de un plazo de 90 días.
Si desea resolver alguna duda sobre los trámites y procedimientos contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz, donde nuestros abogados expertos en temas de extranjería le informarán de los requisitos y condiciones a tener en cuenta, documentación a aportar, cómo realizar los trámites, dónde tramitar la solicitud, etc., para que todo le resulte lo más sencillo posible.
Todo ciudadano extranjero que está viviendo en España de forma legal, cuando vuelven al país tras haberlo abandonado, necesitan acreditar esta situación al atravesar cualquiera de los puestos transfronterizos.
La TIE o Tarjeta de Identidad de Extranjero es el título que permite demostrar que se cuenta con una autorización legal para permanecer en territorio español.
La TIE, la cuál se obtiene en el momento de conseguir el permiso de residencia, puede suceder que no se encuentre en vigor debiéndose de tramitar su renovación o prórroga.Ante esta situación, siempre que el ciudadano extranjero acredite que el viaje corresponde a una situación de necesidad y concurren razones excepcionales se le podrá expedir una autorización de regreso con una vigencia no superior a 90 días desde que es concedida la autorización de regreso, siempre que se haya resuelto de manera favorable la solicitud inicial de autorización de estancia y se halle en trámite la expedición de la TIE.
Toda Autorización de Regreso expedida por las autoridades españolas tan solo tendrá validez en la entrada por los Puestos Fronterizos habilitados españoles.
También existen limitaciones a la hora de conceder la autorización de regreso. La autorización de regreso a los extranjeros no podrá concederse:
La solicitud junto con la documentación que debe acompañarla podrá presentarse en cualquier oficina de extranjería y dependencias policiales
Importante presentar copias de la documentación y mostrar originales en el momento de la solicitud:
Toda la documentación aportada ha de estar traducida al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
La persona legitimada que puede solicitar la autorización es el propio ciudadano extranjero personalmente ante la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente a la provincia en la que el ciudadano viva.
El pago de las tasas por tramitación de la Autorización de Regreso ha de ser abonado con anterioridad a la expedición de la autorización de regreso. Se devengan en el mismo momento de la admisión a trámite de solicitud y se abonarán en el plazo de 10 días hábiles.
El abono de la tasa puede realizarse a través de una entidad bancaria o a través de la pasarela de pago habilitada por la Administración.
La entrega de la autorización de regreso será entregada al ciudadano extranjero destinatario del documento a excepción de:
El período de vigencia de la autorización de regreso será no superior a 90 días contados:
Mientras la autorización se halle vigente, podrá utilizarse para todas las salidas y posterior regreso al país.
Contacte a través de una llamada teléfono o rellenando nuestro cuestionario de contacto con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz, donde una vez valorada su situación y acorde a sus necesidades, le ayudaremos a encontrar la mejor de las soluciones.