Abogado Extranjería Cádiz > Obtener la nacionalidad española por residencia
La Nacionalidad es el derecho humano imprescindible que establece el vínculo jurídico esencial entre el individuo y el Estado. Esta relación implica el disfrute por parte del ciudadano de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
La obtención de la nacionalidad española por residencia, una de las vías de adquisición de la nacionalidad española contemplada en el Código Civil, requiere el cumplimiento de ciertos requisitos y documentación a presentar. Contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz donde le mostraremos una serie de recomendaciones para la obtención de tu nacionalidad por residencia.
La obtención de la nacionalidad española por residencia es una de las formas más habituales de adquirir la nacionalidad española y la que mayormente utilizan gran parte de extranjeros que viven en España. Gracias a este procedimiento, el ciudadano extranjero que lleva un cierto tiempo viviendo de manera legal y continuada en el país, con buena conducta cívica e integración, puede solicitar y adquirir la ciudadanía española.
Entre los requisitos a cumplir a la hora de poder solicitar la nacionalidad española por residencia destacamos:
En función de la situación de cada ciudadano los plazos mínimos de residencia pueden variar:
Además de cumplir con los requisitos anteriores es preciso reunir la siguiente documentación:
Toda esta documentación es la básica a aportar a la hora de realizar la solicitud de la nacionalidad española por residencia. No obstante, en función del caso concreto es posible que sea necesaria la presentación de otra documentación adicional.
La solicitud de nacionalidad española por residencia podrá ser presentada por:
Una vez se haya tramitado la solicitud se deberá de recibir la correspondiente resolución por parte del Ministerio de Justicia, la cual debe de ser motivada y declarará la concesión o denegación de la nacionalidad española por residencia.
El plazo establecido para resolver y notificar la resolución es de 1 año desde que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del notario.
Si en el plazo de un año no ha habido resolución expresa, la solicitud se entenderá por desestimada por silencio administrativo negativo. A partir de entonces podrá acudirse a la vía judicial a reclamar una resolución expresa en interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional.
Una vez obtenida la resolución de concesión de nacionalidad española por residencia es importante acudir al Registro Civil y solicitar una cita para hacer la jura o promesa de nacionalidad.
Realizado el acto de jura o promesa e inscripción de la adquisición de la nacionalidad española, el Registro Civil emitirá el certificado de nacimiento español.Una vez se tenga el certificado de nacimiento se podrá gestionar el DNI y pasaporte español en cualquiera de las comisarías de policía del territorio español.
También se podrá gestionar el certificado de concordancia que permite modificar todos los datos en los diferentes organismos e informar que ya se es ciudadano español y que se dispone de Documento Nacional de Identidad.
También puede suceder que realizada la solicitud de nacionalidad española por residencia ésta sea denegada por diferentes causas. Entre las más comunes encontramos:
Ante una solicitud de la nacionalidad denegada puede interponerse 2 recursos:
Si necesitas ayuda para conseguir tu nacionalidad española por residencia en nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz podemos ayudarle. Llámenos o complete nuestro formulario de contacto para poder conocer mejor su situación.