Residencia para ciudadanos europeos

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Residencia para ciudadanos europeos

Todo ciudadano europeo (ciudadano de la UE, ciudadano de Estados miembros del acuerdo sobre el EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), y Suiza), que desee permanecer en territorio español por un período superior a 3 meses, debe de solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea.

Además, toda persona familiar de estos ciudadanos europeos está en su derecho de solicitar la tarjeta de familiar de habitante de la Unión.

Contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería Cádiz y le informaremos de los requisitos y condiciones a cumplir, cómo realizar el trámite, documentación a presentar, etc.

Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea

El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea es el documento que confirma la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadano de un Estado miembro de la UE o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el EEE (Espacio Económico Europeo), que van a permanecer en territorio español por un periodo superior a 3 meses.

SOLICITUD

Mediante cita previa, la solicitud será realizada por los propios interesados personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde vayan a fijar su residencia o en su defecto ante la Comisaría de Policía correspondiente.

PLAZO

La solicitud ha de presentarse en el plazo de 3 meses contados desde la entrada en España.

DOCUMENTACIÓN

Junto a la solicitud de inscripción deberá mostrarse el pasaporte o DNI válido y en vigor (si está caducado copia del DNI y solicitud de renovación), documentación original y copias.

En función de la situación en la que se encuentre el ciudadano solicitante:

  • Trabajador por cuenta ajena: Certificado de empleo o contrato, documento de alta o situación asimilada al alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Pareja con unión semejante a la conyugal e inscrita en un registro público de un Estado miembro de la UE, o EEE, siempre que no haya sido cancelada dicha inscripción.
  • Trabajador por cuenta propia: Prueba de que trabajan por cuenta propia.
  • Ciudadano no trabajador: Documentación que acredite el cumplimiento de las siguientes condiciones:
    • Disponer de seguro médico público o privado contratado en España o en otro país siempre y cuando proporcione cobertura en España durante su periodo de estancia.
    • Disponer de recursos suficientes para uno mismo y familiares durante el periodo de residencia.
  • Estudiante: Todos los estudiante incluidos aquellos que cursen formación profesional deben de presentar:
    • Matrícula ya sea en un centro público o privado financiado por la Administración Educativa competente.
    • Seguro de enfermedad publico o privado contratado en España o en otro país con cobertura completa en España.

Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitario

Siempre y cuando una persona familiar (cónyuge, pareja, ascendientes y descendientes) de un ciudadano español que no ostente la nacionalidad de alguno de los países pertenecientes a la Unión Europea, Estados miembros del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza, desee permanecer en territorio español por un espacio de tiempo superior a 3 meses ha de solicitar y conseguir la llamada Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea.

Esta tarjeta es el documento destinado a identificar a la persona extranjera a efectos de acreditar situación legal en España y regularización de su residencia en territorio español.

Esta tarjeta tiene una validez de 5 años a partir de la fecha de expedición o periodo de residencia previsto para el ciudadano, si este es menor a 5 años.

Para más información sobre realizar los trámites, pasos a seguir, pagos de tasas, documentación necesaria a presentar, etc., no dude contactar con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería Cádiz y le ayudaremos a solicitar y tramitar su Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitaria imprescindible para poder permanecer en España y acompañar al su familiar, por un periodo superior a 3 meses.

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