CÓMO OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

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Nacionalidad española

Nacer en España no significa disponer de la nacionalidad española de manera automática, sino que el hecho de lograrla supone proceso demasiado largo y complicado, especialmente para ciudadanos extranjeros, por la gran cantidad de requisitos a cumplir y demostrar.

En nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz sabemos como ayudarle. Contacte con uno de nuestros abogados expertos en Nacionalidad a través de una llamada de teléfono o vía online donde le informaremos de las diferentes formas de solicitar y adquirir la nacionalidad española.

Qué se entiende por Nacionalidad Española

La nacionalidad, es algo más que una autorización de Residencia y Trabajo, es el “vínculo jurídico que une al ciudadano con el Estado y tiene la doble vertiente de ser un Derecho fundamental y constituir el Estatuto Jurídico de las personas”.Este elemento fundamental en la vida de toda persona, permite al individuo el disfrute de unos derechos que puede exigir a la Organización estatal a la que pertenece y al mismo tiempo esta Organización estatal puede imponerle una serie de deberes y obligaciones a cumplir.

Requisitos a cumplir para la obtención de la Nacionalidad Española

El proceso de obtención del pasaporte español es bastante complicado y requiere el cumplimiento de una serie de requisitos para que la solicitud sea aprobada.

Entre los diferentes requisitos a cumplir destacamos:

  • Cumplir con los plazos de residencia y estancia legal exigidos por el Ministerio de Justicia:
    • Para poder solicitar la nacionalidad de forma legal y continuada, se precisa llevar viviendo en territorio español 10 años.
    • Si se ha obtenido la condición de refugiado se puede obtener pasados los 5 años de residencia en España.
  • Aprobar los exámenes obligatorios de cultura (CCSE) y de idioma (DELE) en el caso de no proceder de un país de habla hispana.
  • No contar con antecedentes penales.
  • Tener la documentación en vigor.
  • Demostrar buena conducta cívica y grado de integración en la sociedad española.
  • Mientras se tramita la nacionalidad no pasar demasiado tiempo fuera de España.
  • Abono de las tasas correspondientes para poder llevar a cabo este proceso.

Procedimiento de solicitud de la Nacionalidad Española

Un ciudadano extranjero puede solicitar y adquirir la nacionalidad española de diferentes maneras:

  • Por residencia.
  • Por carta de naturaleza.
  • Para españoles de origen.
  • Por posesión de Estado.
  • Por opción.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA

La nacionalidad española por residencia es la vía más solicitada. Entre los requisitos a cumplir destacamos:

  • Residencia del ciudadano en España de manera legal y continuada durante 10 años, aunque existen situaciones en las que el periodo de residencia puede verse reducido:
    • 5 años si se ha obtenido la condición de refugiado.
    • 2 años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
    • 1 año:
      • Ciudadano nacido en España.
      • No ejerció el derecho a adquirir su nacionalidad española por opción.
      • Llevar 1 años de casado con un ciudadano español.
      • Viudo de un ciudadano español.
      • Nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela originariamente españoles.
  • Realizar y aprobar los exámenes de nacionalidad.
  • Carecer de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen.
  • Manifestar buena conducta cívica.
  • Renovación de la autorización de residencia dentro de los plazos establecidos.

NACIONALIDAD POR CARTA DE NATURALEZA

La adquisición de la Nacionalidad por Carta de Naturaleza, tiene carácter graciable y no se sujeta a las Normas Generales de Procedimiento Administrativo. Será otorgada, o no, discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

Puede ser solicitada por:

  • El propio interesado, personalmente, si es mayor de 18 años o se halla emancipado.
  • Ciudadano mayor de 14 años asistido por se Representante Legal.
  • El Representante Legal del menor de 14 años.
  • El propio ciudadano incapacitado o el Representante Legal.

PARA ESPAÑOLES DE ORIGEN

Se consideran Españoles de Origen a:

  • Ciudadano nacido de madre o padre español.
  • Los nacidos es España cuando sean hijos de Padres extranjeros si al menos uno de ellos ha nacido en España.
  • Los nacidos en España de padres extranjeros que carecen de Nacionalidad (apátridas).
  • Niños nacidos en España que se desconoce la identidad de los padres.
  • Menores de 18 años adoptados por un ciudadano español. (Si el ciudadano adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la Nacionalidad Española de Origen pasados 2 años a partir de la adopción).

POR POSESIÓN DE ESTADO

Tiene derecho a la Nacionalidad Española todo ciudadano que haya poseído y utilizado esta Nacionalidad durante un periodo 10 años, de forma continuada y legal en base a un Título inscrito en el Registro Civil. El individuo deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por ciudadano español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con Órganos del Estado español.

POR OPCIÓN

La nacionalidad por opción es un beneficio que la legislación brinda a los ciudadanos extranjeros que se hallan en determinadas condiciones para la obtención de la Nacionalidad Española:

  • Ciudadanos sujetos a la Patria Potestad de un español.
  • Ciudadanos cuyo padre o madre hubiese sido español y hubiese nacido en España.
  • Ciudadano cuya adopción por ciudadanos españoles se produzca después de haber cumplido los 18 años.

Pueden realizar la Nacionalidad por Opción:

  • Ciudadano mayor de 14 años, asistido de su representante legal.
  • Interesado con discapacidad con los apoyos precisos.
  • Interesado emancipado hasta los 20 años.

Derechos que se adquieren al obtener la Nacionalidad Española

Todo ciudadano que obtenga la Nacionalidad Española también adquirirá una serie de derechos:

  • Mismos derechos que un ciudadano de la UE.
  • Vivir y trabajar en cualquier Estado de la UE sin necesidad de permisos.
  • Estudiar en Universidades europeas y poder ocupar cargos académicos.
  • Mayor facilidad de reagrupación familiar.
  • Acceso a la Sanidad Pública.
  • Derecho al voto.
  • Viajar fuera de España sin pérdida de la nacionalidad.
  • Acceder a puestos de trabajo en la administración pública.

Para más información contacta con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Cádiz donde pondremos a su disposición a un equipo de abogados expertos en nacionalidad española. Nos comprometemos a estudiar su situación maximizando las posibilidades de una resolución favorable.

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